El paquete Ómnibus X propone excepciones a la prohibición de la fumigación aérea para equipos autorizados que igualen o reduzcan el riesgo de los pulverizadores terrestres
Redactor: Raúl Méndez C.
Editor: Karem Díaz S.
La Unión Europea avanza en una reforma que permitiría a los Estados miembros autorizar la aplicación aérea de pesticidas mediante determinados drones agrícolas. La medida forma parte del paquete legislativo Ómnibus X, presentado para simplificar las normas comunitarias sobre seguridad de alimentos y piensos y reducir cargas administrativas para el sector agropecuario.
La iniciativa no establece una autorización general e inmediata para fumigar desde el aire. El cambio crearía una excepción específica para aquellos sistemas no tripulados que demuestren un riesgo igual o inferior al de los equipos terrestres empleados para el mismo tratamiento.
Además, los productos fitosanitarios deberán estar autorizados expresamente para su aplicación con drones después de una evaluación que considere los riesgos para la salud humana y el ambiente. Los Estados miembros conservarán la responsabilidad de decidir si permiten estas operaciones dentro de sus territorios.
La reforma modifica una prohibición vigente desde 2009
La Directiva 2009/128/CE sobre el uso sostenible de los pesticidas prohíbe con carácter general la pulverización aérea, aunque contempla excepciones individuales bajo determinadas condiciones. La Comisión Europea sostiene que el procedimiento actual genera una carga administrativa considerable y dificulta la incorporación de tecnologías capaces de realizar tratamientos más localizados.
La propuesta amplía la definición de fumigación aérea para incluir expresamente los sistemas de aeronaves no tripuladas. También introduce un mecanismo mediante el cual los países podrían exceptuar de la prohibición a tipos concretos de drones identificados previamente por la Comisión Europea.
El cambio supone una evolución importante en la regulación de una tecnología que ya se emplea en distintas regiones agrícolas. Los drones rociadores pueden trabajar en terrenos difíciles o demasiado húmedos, donde el ingreso de maquinaria pesada resulta complicado o puede compactar el suelo y dañar los cultivos.
Los drones deberán demostrar un riesgo igual o menor
La Comisión Europea deberá determinar mediante un acto delegado qué clases de drones pueden acogerse a la excepción. Para formar parte de esa lista, los equipos tendrán que presentar riesgos iguales o inferiores a los asociados con la pulverización terrestre en condiciones de uso comparables.
La Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria deberá elaborar orientaciones para evaluar tanto los productos fitosanitarios destinados a la aplicación aérea como los tipos de drones, sus condiciones operativas y los riesgos relacionados. Este marco deberá considerar la exposición de trabajadores, residentes, transeúntes, fauna no objetivo y componentes ambientales.
El mandato aprobado por el Consejo de la Unión Europea en mayo de 2026 propone un plazo de 30 meses para adoptar el acto delegado que identifique los equipos admitidos. Mientras se completa ese proceso, los Estados miembros podrían establecer autorizaciones transitorias si cumplen las condiciones existentes para la fumigación aérea, realizan una evaluación de riesgos y notifican la decisión a la Comisión y a la autoridad alimentaria europea.
La autorización de un dron tampoco implicaría que cualquier pesticida pudiera incorporarse a su depósito. Cada producto tendría que estar aprobado específicamente para ese método de aplicación de acuerdo con la normativa comunitaria sobre comercialización de productos fitosanitarios.
Aplicaciones localizadas frente a pulverizaciones extensas
La justificación técnica de la reforma se apoya en la capacidad de los drones para tratar superficies delimitadas, ajustar rutas y evitar que el operador permanezca directamente dentro del área pulverizada. La Comisión considera que esas características podrían reducir el volumen de pesticidas utilizado y limitar la exposición humana y ambiental frente a ciertas operaciones terrestres.
La precisión final, sin embargo, depende del diseño del equipo, la calibración, las boquillas, la altura y velocidad de vuelo, el tamaño de las gotas y las condiciones meteorológicas. El viento, la temperatura y la humedad pueden modificar la deriva y la deposición del producto, por lo que la tecnología no elimina la necesidad de capacitación, inspecciones y controles.
Investigaciones anteriores han comparado la eficacia de drones y pulverizadores convencionales en cultivos de trigo, observando diferencias entre equipos en la distribución de las gotas, el aprovechamiento de la mezcla y el control de enfermedades. Estos resultados muestran que el desempeño debe evaluarse según el cultivo, el objetivo fitosanitario y las características de cada aeronave.
También se han desarrollado proyectos para usar drones en aplicaciones más eficientes de productos fitosanitarios. Entre sus posibles ventajas figuran el acceso a parcelas con pendientes, el tratamiento rápido de focos localizados y una menor circulación de maquinaria sobre el terreno.
El debate enfrenta innovación, producción y cautela ambiental
Para los agricultores europeos, la reforma puede ampliar las herramientas disponibles contra plagas, enfermedades y malas hierbas en un momento marcado por la reducción de principios activos autorizados. Representantes del sector han advertido que Europa enfrenta una disminución de productos fitosanitarios disponibles, con posibles consecuencias para la protección de los cultivos y los rendimientos.
Organizaciones ambientales y especialistas reclaman, por su parte, que la simplificación administrativa no debilite la evaluación de riesgos ni facilite un aumento de las aplicaciones químicas. La discusión se inserta en un debate más amplio sobre los cambios propuestos por la UE para las autorizaciones de pesticidas y sus posibles efectos sobre la biodiversidad, los polinizadores y la salud.
La Comisión Europea afirma que la excepción estará limitada a drones y productos evaluados específicamente. También sostiene que las operaciones continuarán sujetas a requisitos de formación profesional, inspección de equipos y demás salvaguardias previstas en la legislación sobre uso sostenible de pesticidas.
El Ómnibus X todavía requiere aprobación legislativa
El paquete fue presentado por la Comisión Europea en diciembre de 2025. El Consejo fijó su posición negociadora el 27 de mayo de 2026, manteniendo la posibilidad de autorizar determinados drones incluso cuando no se cumplan todas las condiciones previstas para las excepciones tradicionales a la fumigación aérea.
La reforma todavía debe completar el procedimiento legislativo con el Parlamento Europeo. Por ello, las disposiciones pueden cambiar durante las negociaciones y no deben interpretarse como una habilitación ya vigente para aplicar pesticidas con drones en toda la Unión Europea.
Si finalmente se aprueba, la aplicación práctica dependerá de los criterios técnicos establecidos por la Comisión, las orientaciones de la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria, la autorización de cada producto y las decisiones adoptadas por las autoridades nacionales. El resultado será un marco condicionado, no la eliminación indiscriminada de los controles sobre la pulverización aérea.
Fuentes referenciales:
Deutsche Welle
Comisión Europea
Consejo de la Unión Europea
Parlamento Europeo


