Agroquímicos e Insecticidas Naturales

Corte de México ordena proteger el agua de comunidades mayas

Publicado el 31/08/2026 · REDACCION

La resolución favorece a 17 comunidades de Hopelchén y obliga a vigilar los plaguicidas detectados, garantizar agua limpia y divulgar información ambiental


Redactor: Camila Herrera R.
Editor: Eduardo Schmitz

La Suprema Corte de Justicia de la Nación concedió el 26 de agosto un amparo a 17 comunidades mayas del municipio de Hopelchén, en el estado mexicano de Campeche, después de un litigio iniciado en 2020 por la contaminación del agua asociada al uso de plaguicidas en la producción agroindustrial regional.

La resolución reconoce la necesidad de proteger los derechos de las comunidades al agua limpia, la salud y un medio ambiente sano. También obliga a las autoridades federales competentes a establecer un monitoreo permanente de la calidad del agua, asegurar el acceso a fuentes seguras y crear un sistema de información ambiental abierto a la población.

Seis años de denuncias por agua contaminada y abejas muertas

Los habitantes de Hopelchén habían advertido durante años cambios en el sabor y el color del agua, alteraciones en la flora y la fauna, así como episodios de mortandad de abejas y otros insectos. Frente a la falta de respuestas oficiales que consideraban suficientes, promovieron análisis independientes de pozos, cenotes y muestras humanas.

Las comunidades y las organizaciones que acompañaron el proceso sostuvieron que esas evaluaciones encontraron residuos de plaguicidas. La demanda señaló además que las autoridades no habían desarrollado una vigilancia adecuada de la calidad del agua ni ofrecido información pública suficiente sobre los riesgos asociados con los productos detectados.

La preocupación por las abejas trasciende la producción de miel. Estos insectos sostienen servicios de polinización relevantes para numerosos cultivos y para la vegetación silvestre. El registro de muertes masivas de abejas vinculadas a plaguicidas en México muestra que los conflictos entre apicultura, agricultura intensiva y aplicaciones fitosanitarias afectan a distintas regiones productivas del país.

El litigio comenzó en diciembre de 2020

Las 17 comunidades presentaron una demanda de amparo ante el Juzgado Primero de Distrito en Campeche en diciembre de 2020. Su reclamación alegaba vulneraciones a los derechos constitucionales al agua, la salud y un ambiente sano, respaldadas por informes técnicos sobre la presencia de sustancias en fuentes utilizadas por la población.

Durante 2021 fueron aportados peritajes sobre plaguicidas y calidad del agua. El expediente incorporó posteriormente un peritaje oficial de toxicología en marzo de 2023 y otro relativo a la calidad del agua en marzo de 2024. La audiencia constitucional se celebró en abril de ese último año.

El juzgado de primera instancia negó el amparo en junio de 2024. Las comunidades interpusieron un recurso de revisión al mes siguiente para cuestionar esa decisión y solicitar un examen más amplio de los daños ambientales y los posibles riesgos sanitarios documentados.

El recurso fue admitido en enero de 2025. Tres meses después, la ministra María Estela Ríos González solicitó que la Suprema Corte ejerciera su facultad de atracción. El máximo tribunal aceptó estudiar el asunto en mayo de 2025 y el expediente fue turnado de manera definitiva a la ministra en septiembre de ese año.

La vigilancia deberá incluir todos los plaguicidas detectados

La sentencia no restringe el monitoreo al glifosato. Las autoridades deberán considerar todos los plaguicidas identificados en el agua, una disposición relevante porque las comunidades denunciaron exposición a distintas sustancias derivadas de la actividad agroindustrial.

Entre las instituciones obligadas a intervenir se encuentran la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, la Comisión Nacional del Agua y la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios. Sus responsabilidades deberán traducirse en vigilancia continua, suministro de agua segura y acceso público a los resultados ambientales.

El debate sobre el glifosato forma parte de una discusión regulatoria más amplia en el país. México había previsto retirar gradualmente este herbicida, pero posteriormente pospuso su prohibición ante la falta de alternativas productivas inmediatas. El caso de Hopelchén amplía el enfoque al exigir que la vigilancia abarque el conjunto de sustancias halladas y no se concentre en un único ingrediente activo.

La producción agroindustrial convive con un acuífero vulnerable

Hopelchén forma parte de la Península de Yucatán, un territorio donde las comunidades rurales dependen de pozos y cenotes conectados con un extenso sistema acuífero. Las organizaciones demandantes han relacionado la expansión agroindustrial con la pérdida de selva y una mayor presión química sobre esas fuentes de agua.

La resolución plantea que la productividad agrícola no puede separarse del seguimiento de sus efectos fuera de las parcelas. La aplicación de herbicidas, insecticidas y otros productos requiere controles capaces de evaluar su desplazamiento, permanencia y presencia en fuentes utilizadas por la población y los sistemas productivos locales.

Los plaguicidas también pueden alcanzar espacios que no constituyen el objetivo de una aplicación. Investigaciones sobre el desplazamiento de pesticidas hacia zonas destinadas a polinizadores han reforzado la necesidad de revisar distancias, condiciones meteorológicas, técnicas de pulverización y medidas de protección alrededor de los cultivos.

La apicultura maya depende de paisajes rurales saludables

La crianza de abejas y la producción de miel mantienen una estrecha relación con la vegetación de la selva y con la disponibilidad de floraciones libres de contaminación. Cuando se producen mortandades, las pérdidas recaen directamente sobre los apicultores, pero también pueden afectar la polinización y la reproducción de especies vegetales.

La protección de los polinizadores requiere coordinación previa entre agricultores y apicultores, información sobre las aplicaciones y selección de prácticas que reduzcan la exposición. Los corredores biológicos dentro de paisajes agrícolas pueden aportar refugio y alimento, aunque su eficacia depende de que también se controle la deriva de los productos utilizados en parcelas cercanas.

Las comunidades de Hopelchén recibieron el respaldo de más de 56.000 firmas reunidas mediante plataformas ciudadanas. En el proceso participaron el Colectivo de Comunidades Mayas de los Chenes y el Centro Mexicano de Derecho Ambiental, organizaciones que han acompañado las denuncias sobre agua, biodiversidad, salud y territorio.

La sentencia obliga a convertir el fallo en medidas verificables

El alcance práctico de la decisión dependerá ahora de su cumplimiento. El monitoreo deberá tener continuidad, cubrir las sustancias identificadas y producir información accesible para que los habitantes conozcan la condición de las fuentes que utilizan.

La garantía de agua limpia también exigirá respuestas inmediatas donde se comprueben riesgos, además de políticas para prevenir nuevas exposiciones. Las medidas deberán articular la regulación de los insumos agrícolas, la vigilancia ambiental, la protección sanitaria y la participación de las comunidades afectadas.

La resolución incorpora las consecuencias de la producción agroindustrial al examen de los derechos colectivos y obliga a las autoridades a pasar de evaluaciones aisladas a un sistema permanente de control. Para las 17 comunidades mayas, la decisión representa el reconocimiento judicial de unas reclamaciones sostenidas durante seis años mediante análisis, peritajes y recursos legales.

Fuente referencial:
Infobae



Mundo Agropecuario
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