Brasil ahora tiene una ley especial que regula la producción de biorrecursos agroindustriales. La legislación establece criterios para la producción, registro, uso y prueba de estos productos.
Esta Ley nº 15.070, firmada por el Presidente de Brasil, Luiz Inácio Lula da Silva, modificó las disposiciones de la ley sobre plaguicidas publicada hace menos de un año (Ley 14.785/23).
La Ley N° 15.070 toma en cuenta aspectos claves que permiten el desarrollo y prosperidad de la industria de bioproductos agrícolas, y además establece conceptos y definiciones claras.
Para la regulación se tuvieron en cuenta todos los recursos biológicos utilizados en los sistemas de cultivo tradicionales, orgánicos y agroecológicos, informa la revista agrícola brasileña Revista Cultivar.
La ley define los biorrecursos “como productos, procesos o tecnologías de origen vegetal, animal o microbiano destinados a la producción agrícola y forestal”.
El registro de biofábricas y biorecursos con fines comerciales es obligatorio y está regulado por la agencia federal de protección agrícola.
Los recursos biológicos producidos exclusivamente para uso propio están exentos de registro a menos que estén destinados a la comercialización.
Los agricultores, las asociaciones y las cooperativas pueden producir biorrecursos para su propio uso sin fines comerciales. Los modelos productivos integrados, los consorcios y los condominios agrícolas están cubiertos por la legislación.
La ley establece estándares específicos para la reinspección, procesamiento y procesamiento de biorecursos destinados a la venta bajo la supervisión de una agencia federal competente, y establece una tarifa de registro basada en el tamaño de la instalación y el tipo de registro solicitado.
El artículo 4 establece que todo bioproducto o bioinoculado destinado a su comercialización deberá estar registrado ante la agencia federal de protección agrícola.
El procedimiento de registro sigue criterios técnicos específicos para garantizar la seguridad y eficacia del producto. Entre los requisitos se destaca la posibilidad de que la autoridad solicitante requiera informes científicos y técnicos emitidos por institutos de investigación brasileños o estaciones experimentales acreditadas.
El requisito de registro ahora también se aplica a las biofábricas, importadores y comerciantes de biorecursos, y pueden someterse a un procedimiento administrativo simplificado si cumplen con los parámetros establecidos por normas específicas.
Los productos exentos incluyen productos biológicos semioquímicos de acción mecánica, como trampas, así como atrayentes alimentarios utilizados para el seguimiento de insectos, si consisten en ingredientes obtenidos de fermentación biológica o residuos de alimentos.
La FAA puede establecer estándares adicionales para la exención de productos de bajo riesgo.
Fuente y foto: Revista Cultivar.